Todos los pisos de ingresos de trabajadores en relación de dependencia a tener en cuenta a la hora de pagar el tributo.
Según el régimen vigente hasta ahora del Impuesto a las Ganancias, deben pagar el tributo lo responsables Inscriptos (trabajadores independientes que pagan IVA), las empresas (personas jurídicas SA, SRL y SAS) y los trabajadores en relación de dependencia.
Las siguientes son esos pisos que deben superar los empleados en relación de dependencia para ser alcanzados con el tributo:
– Trabajadores solteros cuyo salario neto mensual supere los 74.810,36 pesos.
– Trabajadores solteros con un sólo hijo a partir una remuneración neta mensual de 80.874,45 pesos.
– Trabajadores solteros con dos hijos con un sueldo neto superior a 86.938,53 pesos.
– Empleados casados sin hijos con ingresos desde 86.835,03 pesos.
– Empleados casados con un hijo con salario neto superior a 92.899,11 pesos.
– Empleados casados con dos hijos con ingresos desde 98.963,19 pesos.
Algunos ejemplos de conceptos que pueden deducirse de Ganancias son cuota de la prepaga, seguro de vida, donaciones, algunos gastos médicos e intereses de préstamos hipotecarios.